Letrados de la Administración de Justicia 

 

El Plan de Formación Continua del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia para 2026, ha sido elaborado por el Centro de Estudios Jurídicos con la colaboración de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, ha contado con la participación de la Comisión Pedagógica del Centro y ha integrado, igualmente, propuestas recibidas en un proceso de consulta pública.

 

El Plan de Formación Continua del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia para 2026 incluye 58 actividades formativas (incluyendo 4 jornadas y encuentros) lo que supone un total de 4.150 plazas,  además de las más de 2.300 plazas reservadas para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en el plan transversal de formación continua, organizadas en torno a los siguientes ejes formativos:

 

1.      Igualdad, inclusión y lucha contra la violencia de género.

2.      Competencias jurídicas y conexas: formación aplicada

3.      Transformación digital

4.      Mecanismos adecuados de resolución de conflictos

5.      Cooperación Jurídica Internacional

6.      Competencias personales e interpersonales

7.      Régimen orgánico. Ética y deontología de la Administración de Justicia.

 

Se mantiene la modalidad de actividades formativas denominada “Webinars exprés”. Estas sesiones, de carácter independiente y con una duración de 2 horas, se impartirán semanalmente y abordarán diversas cuestiones de interés relacionadas con el trabajo y las funciones de los Letrados de la Administración de Justicia (LAJ), con especial enfoque en aspectos tecnológicos.

La selección de participantes para las distintas actividades se efectuará mediante convocatoria pública, salvo casos excepcionales en los que las características de la propia actividad formativa lo desaconsejen. Para ello, se lanzarán dos convocatorias, una por semestre.

Con el fin de optimizar los recursos públicos, adecuar la oferta a las necesidades formativas de la carrera y garantizar la concurrencia suficiente de participantes en las actividades formativas propuestas, en las convocatorias se podrán establecer umbrales mínimos de solicitudes y participantes para garantizar la impartición de estas. En caso de que haya actividades formativas que no alcancen tales umbrales, podrán ser canceladas, pudiendo ser sustituidas por otras.